MARCO TEORICO

DERECHO CIVIL

CITA CON MENOS DE 40

ARTICULO CIENTIFICO 


A titulo personal: “La presente investigación trata sobre la libertad patrimonial que posee el testador y las limitaciones establecidas dentro de la normativa ecuatoriana” (Villavicencio Calovi , Análisis a la libertad patrimonial y las limitaciones en las asignaciones, 2022)

 

CITA CON MAS DE 40

SITIO WEB

 


Como menciona el sitio web tiran:

El Derecho Civil se encarga de regular los derechos y obligaciones entre individuos, así como las relaciones jurídicas de carácter privado.

Cubre una amplia gama de áreas, incluyendo contratos, propiedad, familia, sucesiones, obligaciones y responsabilidad civil. Esencialmente, abarca todo aquello que no está relacionado con lo penal, lo administrativo o lo laboral. (Biblioteca Internacional de Chile , 2024)


CITA PARAFRASEADA

LIBRO


Según la cantidad de vínculos, las obligaciones se clasifican en unilaterales y bilaterales. Las unilaterales (o simples) son aquellas donde existe un solo vínculo obligatorio, en el que una persona se compromete hacia otra sin que esta última asuma ninguna obligación. Esto ocurre en los contratos gratuitos (como donación, depósito, mandato, comodato, etc.), ya que no representan una contraprestación de un derecho de crédito que surge de un acuerdo, sino que surgen posteriormente. Un ejemplo es el depósito, donde surge la obligación de reembolsar los gastos generados por la conservación del bien. (Arnau Moya, 2008)



 

 

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